¿Cuánto tiempo se tiene para demandar en materia laboral?

Las leyes de nuestro país establecen un tiempo durante el cual los trabajadores pueden demandar a su empleador. Si se demanda luego de este término, la acción muy seguramente no prosperará. ¿Cuál es el término establecido en la ley? ¿Hay situaciones que tienen términos especiales? ¿En qué momento es más recomendable que se demande? ¿Es posible lograr tener más tiempo? ¿Hay algún derecho que se pueda reclamar en cualquier momento? Conozca las respuestas:
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¿Cotizó más de 1800 semanas en Colpensiones?

Está pensionado en COLPENSIONES, y cotizó más de 1800 semanas para obtener dicha pensión Puede tener derecho a que su mesada sea aumentada por el ...
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¿Se pensionó en un fondo privado?

Si usted: i) estuvo afiliado al ISS, ii) se trasladó a un fondo privado, y iii) se pensionó en este último, puede tener derecho a ...
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¡Que alguien le escriba al coronel! (Medidas cautelares en procesos laborales)

En materia procesal laboral existe un régimen de medidas cautelares absolutamente precario si se le compara con el previsto en el Código General del Proceso. ...
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Ubicación de los juzgados laborales de Bogotá D.C.

Un listado de las direcciones y ubicaciones de los distintos juzgados y corporaciones de la jurisdicción laboral en la ciudad de Bogotá D.C.
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¿No le pagaron sus cotizaciones a pensión, salud o riesgos?

Cuando una empresa contrata trabajadores, adquiere distintas clases de obligaciones. Una de ellas es efectuar las cotizaciones para pensión, salud y riesgos laborales. Si el ...
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