Si usted estaba embarazada, no la podían desvincular de su empleo.

Las leyes de nuestro país protegen de manera especial la maternidad. Una de las protecciones más fuertes es el “fuero de maternidad”, que impide a los empleadores desvincular a las futuras madres sin permiso del Ministerio del Trabajo. ¿Qué pasa si se desvincula a una mujer embarazada sin permiso de la autoridad? ¿Puede ser reintegrada a su trabajo? ¿Hay lugar a que se pague alguna indemnización? Las respuestas:

Como lo hemos explicado en otros artículos (Lea: ¿Cuándo no lo pueden despedir en Colombia?), las leyes de nuestro país prohíben desvincular a ciertos trabajadores que se encuentren en situaciones especiales, salvo que se sigan procedimientos y reglas muy precisos y rigurosos.

Una de los grupos protegidos son las mujeres embarazadas (Lea: La maternidad y las relaciones laborales), a quienes se prohíbe desvincular durante los meses de gestación y hasta 3 meses después del parto, si el empleador conoce de su estado de embarazo.

No importa si el contrato de la mujer embarazada es a término indefinido, término fijo, o por obra o labor contratada, si el empleador conoce del estado de embarazo de la trabajadora, DEBE acudir ante el Ministerio del Trabajo para solicitar permiso para desvincularla.

Si se desvincula a una mujer embarazada conociendo su estado, y sin haber pedido el permiso ante el Ministerio, procede el reintegro de la trabajadora, junto con el pago de salarios y prestaciones dejados de percibir durante el periodo en que estuvo separada del servicio.

Adicionalmente, si el empleador no acudió al Ministerio, se le debe condenar al pago de una indemnización equivalente a 60 días de salario.

Debe aclararse que la protección que acabamos de explicar procede cuando el empleador conoce el estado de embarazo de su trabajadora. Este conocimiento no requiere que se haya presentado una notificación formal (aunque esta sería la mejor forma de demostrarlo), sino que se presume cuando la trabajadora tiene 5 o más meses de embarazo, cuando ha pedido permisos o ha estado incapacitada con ocasión del embarazo, o cuando la generalidad de los compañeros de trabajo conocían su estado.

© Stare Decisis Abogados S.A.S. Este artículo tiene una finalidad netamente informativa. No constituye asesoría legal ni da lugar a una ninguna clase de relación abogado-cliente. El lector debe consultar con uno de nuestros abogados laboralistas antes de adelantar cualquier clase de acción jurídica relacionada con la información contenida en este artículo. Para conocer nuestro portafolio de servicios visite https://sdabogados.com.co/

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