Stare Decisis Abogados defendió los derechos de un trabajador de Idemia Colombia S.A.S. (Antes Oberthur Technologies Ltda.), quien padeció una injustificada tardanza en el pago completo de su liquidación final de acreencias laborales.
El caso surgió así: nuestro cliente se desempeñó como “Telecom Sales Account Manager para la Región Andina”, siendo una de sus principales funciones la de generar ventas de los productos y servicios de la compañía. En contraprestación por su labor se pactó el pago de un salario integral fijo, y el reconocimiento de unos bonos de venta semestrales si se cumplían las metas establecidas por la empresa. Durante la relación el empleador siempre pagó los bonos a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la finalización de cada semestre.
En agosto de 2017 entre la empresa y el trabajador se acordó dar por terminado el contrato de mutuo acuerdo. Para ello se firmó un “contrato de transacción” en donde se pactó que la empresa reconocería al empleado una suma a cambio de que él no presentara reclamaciones legales en el futuro. En tal documento se dejó expresa constancia de que el trabajador tenía derecho a que se le pagara el bono de ventas correspondiente al primer semestre de 2017 una vez la empresa tuviese la información contable disponible.
La compañía liquidó el saldo final de las prestaciones sociales a los pocos días de que terminó la relación, pero en contraste, tardó más de 7 meses para pagar el bono de ventas que estaba pendiente, lo que le produjo múltiples dificultades a nuestro cliente. De hecho, si se tenía en cuenta la fecha de terminación del primer semestre de 2017, la tardanza fue de más de 9 meses.
Fue por esa razón que el trabajador, pese al contrato de transacción que había suscrito, decidió acudir a nuestra representación y presentar una demanda ante los jueces laborales de la República pretendiendo el pago de una indemnización por la tardanza en el desembolso completo de sus derechos. (Lo invitamos a leer la sección de nuestro portafolio denominada «Pago de salarios, prestaciones u honorarios»).
En primera instancia el Juzgado 19 Laboral del Circuito de Bogotá accedió a las peticiones de la demanda y condenó a la empresa al pago de una millonaria indemnización, descartando que el contrato de transacción impidiese la reclamación. La compañía apeló la sentencia solicitando que se le librara de toda responsabilidad, y nosotros también lo hicimos para solicitar una condena incluso más alta.
Antes de que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá resolviera la segunda instancia del caso, entre las partes se logró concertar un importante acuerdo económico que permitió dar fin al litigio.
Número de radicación del proceso: 11001-3105-019-2018-00342-00.
© Stare Decisis Abogados S.A.S. Este artículo tiene una finalidad netamente informativa. No constituye asesoría legal ni da lugar a una ninguna clase de relación abogado-cliente. El lector debe consultar con uno de nuestros abogados laboralistas antes de adelantar cualquier clase de acción jurídica relacionada con la información contenida en este artículo. Para conocer nuestro portafolio de servicios visite https://sdabogados.com.co/