CASOS DE ÉXITO

Sentencia favorable que declaró nulidad de traslado pensional vs. PROTECCIÓN S.A.

SENTENCIA FAVORABLE

Nuestra firma representó con éxito a un afiliado de un fondo privado de pensiones que deseaba anular su vinculación a esta conocida AFP y volver al régimen administrado por Colpensiones.

SDA obtuvo una decisión judicial favorable representando a un afiliado al fondo privado de pensiones Protección S.A. que deseaba volver al régimen pensional administrado por Colpensiones, a pesar de que nuestro cliente ya se encontraba en el rango de los 10 años anteriores al cumplimiento de la edad de pensión.

Nuestro cliente alegaba que desde el año 1984 él se encontraba afiliado al Instituto de Seguros Sociales (ISS), y hacia el año 2000 un asesor del fondo privado de pensiones Santander (hoy Protección) lo convenció de trasladarse al Régimen pensional de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), brindándole información incompleta acerca de las supuestas ventajas que conllevaba esa decisión, como por ejemplo, que el monto de su pensión sería más alto en el fondo privado que en régimen público.

Mucho tiempo después nuestro cliente se percataría de que lo que en su momento le ofrecieron no fue del todo cierto: así continuara cotizando sin interrupciones, el monto de su pensión en el fondo privado correspondería a tan solo el 50,7% de lo que le hubiere correspondido si se hubiese mantenido en el régimen público de pensiones, hoy administrado por Colpensiones.  (Lo invitamos a leer nuestro artículo «Volver a Colpensiones y obtener una mejor pensión es posible«).

Ante esta evidente injusticia, nuestra firma presentó demanda ante los jueces laborales de la República, pretendiendo que se declarara la ineficacia de la afiliación de nuestro cliente al fondo privado de pensiones con ocasión de la deficiente asesoría que se brindó al momento de la vinculación, y en consecuencia, que se le tuviera de nuevo como afiliado al régimen público de pensiones.

La sentencia de primera instancia nos fue adversa. Sin embargo, presentamos recurso de apelación, y finalmente la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá nos concedió la razón, declarando la nulidad de la afiliación, y garantizando de esta manera a nuestro cliente una mejor mesada pensional para el resto de su vida.

Número de radicación del proceso: 11001-3105-031-2018-00389-01

© Stare Decisis Abogados S.A.S. Este artículo tiene una finalidad netamente informativa. No constituye asesoría legal ni da lugar a una ninguna clase de relación abogado-cliente. El lector debe consultar con uno de nuestros abogados laboralistas antes de adelantar cualquier clase de acción jurídica relacionada con la información contenida en este artículo. Para conocer nuestro portafolio de servicios visite https://sdabogados.com.co/

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