SDA logró que se absolviera de toda responsabilidad a una empresa del sector de la construcción frente a la cual una de sus exempleadas interpuso una acción de tutela, pretendiendo ser reintegrada a su empleo bajo el argumento de que había sido despedida por padecimientos en su salud.
En el trámite de la acción constitucional, nuestra firma expuso las razones por las cuales la protección invocada por la trabajadora no era procedente. De hecho, se logró demostrar que durante toda la relación laboral la empleada nunca padeció una afectación a su salud que le impidiera sustancialmente el desempeño de sus funciones en condiciones normales, lo que implicaba que sus peticiones carecían de fundamento. (lo invitamos a leer la sección de nuestro portafolio denominada «Litigio laboral»).
Fue así como la juez que conoció del asunto nos concedió la razón y denegó por improcedente la acción de tutela interpuesta contra nuestra empresa cliente.
Número de radicación del proceso: 11001-4009-039-2018-00065-00
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