Stare Decisis Abogados obtuvo una decisión judicial favorable representando a una afiliada al fondo privado de pensiones Skandia S.A. (Antes llamado Old Mutual), que deseaba volver al régimen pensional administrado por Colpensiones, a pesar de que nuestra cliente ya se encontraba en el rango de los 10 años anteriores al cumplimiento de la edad de pensión.
Nuestra cliente alegaba que desde el año 1984 se encontraba vinculada al Instituto de Seguros Sociales (ISS), y hacia el año 1994 una asesora del fondo privado de pensiones Colfondos la convenció de trasladarse al Régimen pensional de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), brindándole información incompleta acerca de las supuestas ventajas que conllevaba esa decisión, como por ejemplo, que el monto de su pensión sería más alto en el régimen privado que en régimen público.
En 2011 nuestra cliente se trasladó a la AFP Old Mutual (Hoy Skandia), y mucho tiempo después, cuando ya estaba cerca de pensionarse, se percató de que lo que en su momento le ofrecieron no fue del todo cierto: así continuara cotizando sin interrupciones, el monto de su pensión en el fondo privado correspondería a tan solo el 51,7% de lo que le hubiere correspondido si se hubiese mantenido en el régimen público de pensiones, hoy administrado por Colpensiones. (Lo invitamos a leer nuestro artículo “Volver a Colpensiones y obtener una mejor pensión es posible”).
Ante esta evidente injusticia, nuestra firma presentó demanda ante los jueces laborales de la República, pretendiendo que se declarara la ineficacia de la afiliación de nuestra cliente al régimen privado de pensiones con ocasión de la deficiente asesoría que se le brindó al momento de la vinculación, y en consecuencia, que se le tuviera de nuevo como afiliada al régimen público de pensiones.
La sentencia de primera instancia nos dio la razón. Sin embargo, en segunda instancia la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión y absolvió a los demandados, argumentando que la afiliación al RAIS sí fue válida y que por ende nuestra cliente no podía volver al régimen administrado por Colpensiones.
Frente a esta decisión, nuestros abogados decidieron interponer el recurso extraordinario de casación para llevar el caso ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Finalmente, la Alta Corporación acogió nuestros argumentos, y en consecuencia anuló (“casó”) la sentencia del Tribunal, y confirmó que nuestra cliente sí podía volver a Colpensiones, garantizándose de esa manera una mejor pensión para el resto de su vida.
Conozca el texto completo de la sentencia de la Corte Suprema haciendo clic aquí: Sentencia SL2482-2022.
Número de radicación del proceso: 11001-3105-008-2018-00288-00.
© Stare Decisis Abogados S.A.S. Este artículo tiene una finalidad netamente informativa. No constituye asesoría legal ni da lugar a una ninguna clase de relación abogado-cliente. El lector debe consultar con uno de nuestros abogados laboralistas antes de adelantar cualquier clase de acción jurídica relacionada con la información contenida en este artículo. Para conocer nuestro portafolio de servicios visite https://sdabogados.com.co/